
Criterios para determinar la infracción de una marca de servicio en el extranjero
Determinar si una marca de servicio ha sido infringida en el extranjero es crucial para la competencia leal y la protección de la propiedad intelectual. Para determinar si una marca de servicio ha sido infringida en el extranjero, se deben considerar los siguientes criterios clave.
Similitud de marca registrada
Para determinar si una marca de servicio extranjera infringe una marca registrada, el primer paso es comparar la similitud entre la marca en cuestión y la marca original. La similitud puede considerarse exhaustivamente desde las perspectivas visual, auditiva y semántica para determinar si existe probabilidad de confusión entre ambas marcas.
Alcance del registro de marca
El alcance del registro original de la marca también es un factor importante para determinar si una marca de servicio extranjera es infractora. Si el uso de la marca infractora es similar o está relacionado con los servicios dentro del alcance del registro original, podría constituir una infracción.
Popularidad de la marca registrada
El grado de notoriedad de la marca infractora también influye en la determinación de la infracción. Si la marca original goza de un alto grado de notoriedad en el sector en cuestión, la infracción podría causar un mayor perjuicio a los derechos e intereses de la marca original.
Posibilidad de identificación errónea del consumidor
Otro criterio importante para determinar la infracción de marcas de servicios extranjeros es la probabilidad de identificación errónea por parte del consumidor. Si la marca infractora pudiera inducir a los consumidores a creer erróneamente que está asociada con la marca original o que los servicios son prestados por la misma empresa, esto podría constituir una infracción.
Prácticas del sector y principio de buena fe
El criterio final para determinar la infracción de una marca de servicio extranjera es la práctica del sector y el principio de buena fe. En sus actividades comerciales, las empresas deben respetar el principio de competencia leal y no obtener una ventaja competitiva injusta mediante la infracción.